MemotivaDerechos Reales: Concepto y Regulación

Según su reconocimiento jurídico

Pilar Rojo·

Según su reconocimiento jurídico

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o Derechos reales típicos o nominados: regulados expresamente por la ley. o Derechos reales atípicos o innominados: creados por las partes. 2.1.OBLIGACIONES “OB REM” O “PROPTER REM” De los derechos reales pueden surgir obligaciones ligadas a la cosa, llamadas ob rem o propter rem. Estas obligaciones: - Nacen, se transmiten y se extinguen con el derecho real, - Imponen cargas de dar, hacer o no hacer relacionadas con el bien. No deben confundirse con las obligaciones propias del derecho de crédito, que nacen de contratos u otros actos jurídicos y generan el derecho del acreedor a exigir una prestación. Ejemplo: - La deuda de una compraventa es un derecho de crédito. - La hipoteca constituida para garantizar su pago es un derecho real de garantía.